31 de julio de 2010
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Constitución Política de la República
Visita N 6068365
Subsecretario Segpres, Claudio Alvarado:
“No tengo ninguna duda de que la Cámara de Diputados va a votar por los más pobres al apoyar el Bono Marzo”
“No tengo ninguna duda de que la Cámara de Diputados va a votar por los más pobres al apoyar el Bono Marzo”. Así lo manifestó el Subsecretario de la Secretaría General de la Presidencia, Claudio Alvarado, luego de ingresar esta mañana en la oficina de partes de la Cámara el Proyecto de Ley del Bono Marzo de $40 mil por carga familiar.

A la salida, el subsecretario destacó que confía en que la iniciativa sea apoyada por los parlamentarios, puesto que “proyectos que van en directo beneficio de la población más vulnerable del país de Arica a Magallanes no tiene ningún sentido rechazarlos”.

Consultado por la posibilidad de extender el monto del bono a las personas damnificadas por el terremoto, Alvarado respondió que “este es el primer paso de muchas iniciativas tanto legales como administrativas que van a desarrollarse en beneficio de las zonas afectadas del país”.

Además recalcó que la iniciativa “es un compromiso presidencial, para que en el mes de marzo, cuando las familias más pobres ven incrementado su nivel de gastos, puedan tener un alivio. Otra situación especial es el terremoto, donde los ministerios, sectorialmente están diseñando una seria de políticas tendientes a ayudar a esas familias damnificadas”.

Al mismo tiempo, el Subsecretario señaló que el Proyecto de Ley contempla beneficiar a más personas que el anterior bono entregado por el gobierno de la ex Presidenta Michelle Bachelet. Alvarado explicó que “los beneficiarios son además de las familias registradas en el sistema de protección social Chile Solidario, los beneficiarios del subsidio familiar establecido en la Ley Nº18.829, beneficiarios de asignación familiar señalados en el art. Segundo del DFL Nº 150 de 1982 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social o de la asignación maternal a la que se refiere en el art. 4to del referido decreto con fuerza de ley y que perciban las mencionadas asignaciones por tener un ingreso mensual igual o inferior a $457.954”.
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